Cuando se requiere una instalación que contenga alguna fuente de radiación ionizante, ésta debe garantizar que las paredes sean lo suficientemente herméticas para no dejar escapar ningún tipo de radiación ionizante para las personas que trabajaran dentro de la instalación, como para las personas que no tengan ninguna injerencia en la misma. Por lo tanto, se solicita un permiso de construcción, donde la CNSNS emite su recomendación, modificaciones y/o consentimiento para la realización de esa construcción.
Para solicitar el permiso de construcción, se necesita tener la siguiente información:
- Un escrito libre donde se solicita de manera formal la intención de solicitar el permiso de Construcción, esta solicitud debe estar en hoja membretada y firmada por la persona que representará el proyecto, el cual será llamada como representante Legal.
- También se llena un formato de solicitud oficial en el cual piden la información relevante para la construcción a realiza, debe estar firmada por el Representante Legal y el Encargado de seguridad radiológica propuestos. En el anexo B de este mismo formato aparece toda la información necesaria y complementaria para dicha solicitud como son:
- Copia certificada y copia simple del acta constitutiva
- Copia certificada y copia simple para cotejo del Poder Notarial
- Planos arquitectónicos a escala 1:100
- Memoria analítica de los sistemas de ventilación-extracción y de los blindajes de la instalación donde se utilizarán o almacenarán las fuentes de radiación ionizante
- Permiso de uso de suelo
- Informe de seguridad, el cual recordemos es un escrito libre el cual debe contener la información referente a la instalación que se construirá, actividades, análisis de riesgo, impacto ambiental y cualquiera en la que se involucre la seguridad de las personas en seguridad radiológica.
- Un pago especificado para tramitar el permiso de construcción.
En espera de respuesta
Una vez entregada la información, la CNSNS tardará aproximadamente un mes en entregar la respuesta.
Cabe señalar que cuando la información no es del todo satisfactoria, se puede solicitar información complementaria ya sea para terminar y autorizar el permiso o para desecharlo.
En caso de que sí requiere la CNSNS alguna aclaración, se hará por escrito y se dará tiempo (generalmente de 10 días hábiles) para dar respuesta. Se puede tener la opción de solicitar una prórroga por 20 días mas, pero debe ser autorizada.
En caso de que la solicitud sea desechada, se puede realizar el trámite nuevamente, pero se recomienda hablar con la autoridad de la CNSNS para saber cómo se puede solventar, mejorar y complementar la información que fue denegada anteriormente.
En ASCA Radiaciones, contamos con el personal especializado y capacitado para realizar este trámite.
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