Un permiso se tramita cuando se desea importar, o exportar, una fuente radiactiva o construir una instalación en la que se ven involucradas fuentes de radiación ionizante; se debe contar con el consentimiento a la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias para realizar esa actividad.
El permiso es independiente de tener o no una autorización o licencia de la CNSNS.
Esta solicitud de permiso consta de varios documentos a entregar, nada que aquí depende del permiso solicitado.
Ya que es un permiso por única ocasión, cada información que se solicita es distinta.
En espera de respuesta
Una vez entregada la información, la CNSNS tardará aproximadamente un mes en entregar la respuesta.
Cabe señalar que cuando la información no es del todo satisfactoria, se puede solicitar información complementaria ya sea para terminar y autorizar el permiso o para desecharlo.
En caso de que sí requiere la CNSNS alguna aclaración, se hará por escrito y se dará tiempo (generalmente de 10 días hábiles) para dar respuesta. Se puede tener la opción de solicitar una prórroga por 20 días mas, pero debe ser autorizada.
En caso de que la solicitud sea desechada, se puede realizar el trámite nuevamente, pero se recomienda hablar con la autoridad de la CNSNS para saber cómo se puede solventar, mejorar y complementar la información que fue denegada anteriormente.
En ASCA Radiaciones, contamos con el personal especializado y capacitado para realizar este trámite.
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